¿Qué derechos existen frente a contenidos inapropiados en videojuegos para niños, niñas y adolescentes?

En Chile, los videojuegos ya sean físicos o digitales, están regulados por la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Esta norma garantiza el derecho a recibir información clara, veraz y oportuna sobre los productos que se adquieren, lo que cobra especial relevancia cuando se trata de contenidos dirigidos a niños, niñas y adolescentes.

En este contexto, los proveedores tienen un deber legal de advertir adecuadamente sobre la presencia de elementos inapropiados como violencia, lenguaje ofensivo, contenido sexual o apuestas simuladas. Su omisión puede generar riesgos para los menores y responsabilidades legales para las empresas.

En esta Pregunta Frecuente de ODECU te explicamos qué derechos tienes al comprar videojuegos, qué información deben entregar los proveedores sobre contenidos inapropiados y cómo puedes actuar si el producto no advierte adecuadamente los riesgos para menores de edad.

 

¿Qué tipo de información deben entregar los proveedores sobre el contenido de los videojuegos?

Los proveedores de videojuegos están obligados a advertir de manera clara, visible y comprensible si el producto incluye contenidos potencialmente inapropiados para menores de edad. Esto incluye situaciones de violencia explícita, lenguaje ofensivo, escenas sexuales, apuestas simuladas u otros elementos que puedan afectar la formación o el bienestar emocional de niños, niñas y adolescentes. Esta información debe estar disponible tanto en productos físicos como en plataformas digitales, ya sea mediante sellos, leyendas o advertencias visibles antes de la compra.

El incumplimiento de este deber puede ser considerado una vulneración del derecho del consumidor a recibir información suficiente para tomar una decisión informada.

 

¿Qué rol cumplen las clasificaciones internacionales como PEGI o ESRB?

Sistemas internacionales como PEGI Pan European Game Information o ESRB Entertainment Software Rating Board entregan una clasificación por edades que orienta sobre el público recomendado para cada videojuego. Estas etiquetas indican si el juego es apto para todo público, mayores de 7, 12, 16 o 18 años, y pueden incluir advertencias sobre el tipo de contenido presente.

En Chile, aunque estas clasificaciones no son obligatorias por ley, sí son ampliamente utilizadas y deben respetarse por parte de los proveedores como referencia válida. La empresa debe asegurar que la clasificación sea visible al momento de la compra y que no se oculte ni presente de manera ambigua, ya que inducir a error a madres, padres o cuidadores puede constituir una infracción a la normativa sobre protección al consumidor.

 

¿Qué puede hacer un consumidor si se vendió un videojuego inapropiado sin advertencia previa?

Si una persona compró un videojuego sin la debida advertencia sobre su contenido y este resultó inapropiado para un menor, tiene derecho a reclamar. Puede solicitar la devolución del dinero, exigir una compensación por los efectos del incumplimiento o presentar un reclamo ante el SERNAC o ante una organización de consumidores como ODECU.

En casos más graves, incluso puede demandar judicialmente por infracción a la ley del consumidor o por vulneración de derechos del niño, ya que la protección de menores frente a este tipo de productos está considerada como un deber reforzado. La empresa que incumple con su deber de advertencia puede ser sancionada, especialmente si el contenido es para mayores de 18 años y fue vendido sin control alguno.

 

Si compraste un videojuego con contenido inapropiado para menores y el proveedor no entregó una advertencia clara o visible, puedes contactar al Servicio de Atención al Consumidor de ODECU.

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